El Senado aprobó el Proyecto 326 que tipifica el acoso callejero como delito.
Toda persona que incurra en actos o gestos obscenos verbalizados, en espacios públicos y que provoque una situación intimidatoria para la víctima, será sancionada con la obligación de asistir a ocho horas a un Taller de Sensibilización contra el Acoso Callejero y una multa de $50.
La medida pasó a consideración de la Cámara de Representantes.
¿Qué es el acoso callejero?
El acoso callejero incluye, pero no se limita a, comentarios sexuales, fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento, contacto físico indebido, persecución o arrinconamiento, masturbación en público, exhibicionismo o gestos obscenos.
También incluye la práctica del ‘upskirting’ que implica tomar fotos en público, por debajo de la falda, comúnmente en el transporte público. El proyecto establece como agravantes el que la agresión sea realizada a menores de edad o en su presencia, a personas en estado de gestación, a personas lactantes o a personas de 60 años o más.